La Transparencia y la Rendición de Cuentas: Reconstrucción Histórica y Mirada al Presente
Este artículo presenta una breve reconstrucción histórica sobre las primeras prácticas de transparencia y rendición de cuentas en Jalisco.
Este artículo presenta una breve reconstrucción histórica sobre las primeras prácticas de transparencia y rendición de cuentas en Jalisco.
Se realizan una serie de reflexiones en torno a las condiciones que trascienden la aplicación de normatividad en materia de transparencia desde la visión de un titular de Unidad de Transparencia, poniendo en el centro al ciudadano y sus necesidades.
El ejercicio del derecho de acceso a la información, la observancia del principio constitucional de transparencia y la protección de los datos personales, son una indispensable práctica social que fortalece la vida democrática del país.
Este texto tiene como principal objetivo relatar desde mi experiencia profesional dentro de la unidad de transparencia (UT), los desafíos que pueden presentarse en el seguimiento de buenas prácticas en esta materia.
Los efectos ocasionados por el SARS-CoV-2 o la COVID-19, y consecutiva progresividad no solo impactaron la estructura tradicional de las naciones, es decir, todos aquellos entes de naturaleza privada o pública en su labor cotidiana (en un gran porcentaje rudimentaria), sino además, en el aceleramiento en materia de innovación tecnológica, la obligación de las organizaciones a implementar el uso de las tecnologías de la información y comunicación para el trabajo a distancia, la generación de mejores políticas de salud, educativas y de desarrollo empresarial.
La emergencia sanitaria generada por el virus conocido como Covid-19, ha generado varios efectos en la vida de las personas, desde el estilo de vida, hasta consecuencias en la economía. Para atender estos efectos, el Estado dispone de distintos instrumentos de política pública, que van desde establecer estímulos fiscales, hasta reorientar el gasto público para atender las necesidades de salud de la población.
En México el derecho a la información fue reconocido por primera vez en el texto del artículo 6° Constitucional en el año de 1977, pero fue hasta la reforma del 2007, en la que se incluyeron siete fracciones al texto original, lo que permitió regular el derecho de acceso a la información, la protección de los datos personales, la transparencia y el control de los archivos públicos, así como la creación de organismos especializados en la materia.
El presente artículo analiza el impacto de la emergencia en la garantía de los derechos de acceso a la información y protección de datos personales; particularizando en la respuesta del órgano garante nacional, identificando las medidas que tuvieron un mayor impacto y algunas áreas de oportunidad.