Dirección Jurídica
Responsable:
Rosa Elena Montaño González
Directora Jurídica
Contacto:
Teléfono: 33 3630 5745 Ext. 1700
Directorio
Dirección Jurídica |
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Nombre | Correo-E | Fecha ingreso y alta | Extensión |
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Rosa Elena Montaño González Directora Jurídica Descargar CV |
Fecha de Ingreso 01/Mar/2023 Fecha de Alta 01/Mar/2023 |
1700 | |
María Torres Huerta Secretaria de Dirección Jurídica Descargar CV |
Fecha de Ingreso 01/May/2007 Fecha de Alta 03/Mar/2014 |
1700 | |
Aurora Itzel Carbonell Sánchez Coordinadora de Procesos Normativos Descargar CV |
Fecha de Ingreso 16/Ene/2024 Fecha de Alta 16/Oct/2024 |
1704 | |
Alfredo Viniegra Martínez Coordinador de lo Contencioso Descargar CV |
Fecha de Ingreso 17/Abr/2023 Fecha de Alta 16/Ago/2023 |
1702 | |
Alberto Daniel Navarro Galván Técnico en Vinculación (Comisionado a la Dirección Jurídica) Descargar CV |
Fecha de Ingreso 16/May/2012 Fecha de Alta 16/May/2012 |
1703 | |
Carolina Castro Navarro Coordinador de Procesos Jurídicos Descargar CV |
Fecha de Ingreso 02/Jun/2022 Fecha de Alta 16/Ago/2023 |
1705 | |
Moíses Sánchez Muro Abogado Especializado Descargar CV |
Fecha de Ingreso 01/Sep/2020 Fecha de Alta 01/Sep/2020 |
1705 | |
Vacante Abogada |
Fecha de Ingreso N/D Fecha de Alta N/D |
Funciones y Atribuciones
Los Artículos 42, 43 y 44 del Reglamento interior del Instituto de Transparencia e información Pública de Jalisco, menciona como atribuciones del Titular de la Dirección Jurídica:
I. Proponer, diseñar y establecer los criterios y lineamientos a que deberá apegarse el funcionamiento de su dirección;
II. Atender y defender los intereses del Instituto, ante las diversas autoridades federales, estatales y/o municipales;
III. Interpretar en el orden administrativo las disposiciones de la Ley;
IV. Emitir dictamen en todos los asuntos que le ordene el Consejo;
V. Proponer y en su caso, elaborar los lineamientos de carácter jurídico interno o externo que sean necesarios para la operación del Instituto y la aplicación de la Ley;
VI. Elaborar los convenios y contratos que requiera el Instituto o cualquiera de sus órganos;
VII. Generar, procesar y recopilar las tesis desprendidas de las resoluciones del Consejo;
VIII. Realizar y/o llevar a cabo estudios jurídicos que aporten datos de interés para el mejor desempeño del Instituto;
IX. Elaborar documentos para la difusión con los resultados de los estudios citados en la fracción anterior y las tesis de interpretación y respuesta a consultas jurídicas del Consejo;
X. Proponer y en su caso, realizar las propuestas de reglamento o de reformas en materia de transparencia que sean necesarias, así como del reglamento interno del Instituto;
XI. Coadyuvar con el Comité Técnico de Documentación del Sistema Estatal de Documentación y de Archivos Públicos para la elaboración y aplicación de criterios en la catalogación y conservación de documentos públicos, así como en la organización de los archivos de los sujetos obligados;
XII. Informar trimestralmente sobre los convenios y contratos firmados por el Instituto dentro del periodo, sus montos y objetos.
XIII. Sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del Instituto, así como proyectar y proponer al Consejo la resolución correspondiente;
XIV. Proponer anteproyectos de normas que regulen el funcionamiento de los instrumentos y procedimientos de control de la administración;
XV. Practicar auditorías a las Unidades Administrativas y en su caso, a las Unidades Desconcentradas del Instituto que determine el Consejo, siempre que manejen fondos, bienes y valores, cuando menos, una vez al año, contando con las más amplias facultades legales para tal efecto;
XVI. Conocer, investigar y comprobar, en la vía administrativa, las irregularidades en que incurran los servidores públicos del Instituto y, en su caso, hacer las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público, prestándole para tal efecto la colaboración que le fuere requerida;
XVII. Efectuar labores de visitaduría interna;
XVIII. Las demás que le señalen las disposiciones aplicables y las que le confiera el Consejo del Instituto, el Presidente y el Secretario Ejecutivo.
También será atribución de la Dirección Jurídica el elaborar el proyecto de dictamen con el que se resuelve la consulta jurídica, misma que corresponderá a planteamientos concretos y actuales sobre la problemática de los sujetos obligados en torno a la aplicación de la Ley y que tendrá efectos vinculantes por tratarse de una resolución del Consejo y de carácter obligatorio para el Instituto.
Recibida la solicitud de consulta, el Secretario Ejecutivo, la remitirá a la Dirección Jurídica, la que tendrá un plazo de quince días hábiles para emitir dictamen de respuesta, la cual será sometida al Consejo, quien deberá resolver en definitiva en un plazo no mayor a cinco días hábiles.