CODE transparentará información fundamental
20 de Mayo del 2013
El Consejo del ITEI determinó que se incumplió con parte de las obligaciones estipuladas en la ley, por lo que también se dio vista a la Secretaría Ejecutiva para que determine si el incumplimiento del sujeto obligado de publicar y actualizar la información fundamental que le corresponde, constituye alguna infracción a la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Por unanimidad el Consejo del Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, aprobó como parcialmente fundado el recurso de transparencia 025/2013 en contra del sujeto obligado Consejo Estatal para el Fomento Deportivo y el apoyo a la Juventud (CODE), al considerar que el sujeto obligado incumple con la obligación de publicar y/o actualizar 8 incisos, de un total de 67 descritos como información fundamental por la Ley de Información:
- Los informes de revisión oficiosa y periódica de clasificación de la información pública (Art. 32 fracción I inciso n de la Ley de Información)
- Las partidas de los Presupuestos de Egresos, de la Federación y del Estado (Art. 32 fracción V incisos a y b)
- Los gastos de comunicación social (Art. 32 fracción V inciso j)
- Las pólizas de los cheques expedidos (Art. 32 fracción V inciso t)
- Las obras públicas que realiza el sujeto obligado (Art. 32 fracción VI incisos c)
- Los programas sociales que aplica el sujeto obligado (Art. 32 fracción VI inciso d)
- Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos seis años (Art. 32 fracción VI inciso e)
Por lo que se tiene por incumplida la obligación de publicar y/o actualizar la información señalada en este apartado y se acordó requerir al sujeto obligado para que publique dicha información fundamental. La resolución abarca otros incisos (8) en los que el sujeto obligado colocó la leyenda "No Aplica", en otros 10 puntos el sujeto obligado no tiene actualizada la información entre otros aspectos.
En esta sesión, el pleno también declaró como parcialmente fundado los recursos de transparencia interpuestos en contra de los Ayuntamientos de Colotlán y Jamay Jalisco.
Respecto a los recursos de revisión, el Pleno del Consejo, acordó requerir la información relativa al recurso 056/2013 al sujeto obligado Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco; con el mismo resultado también al recurso 041/ 2013 en contra del sujeto obligado Secretaría General de Gobierno.