Determina ITEI procedimiento penal en Ocotlán
27 de Junio del 2013
En sesión ordinaria, el pleno del ITEI dictaminó procedente elaborar una denuncia penal contra el ayuntamiento de Ocotlán por incumplimiento en la RESOLUCIÓN del expediente 286/2012 referente a una solicitud de información negada a un ciudadano.
PRIMERO.- Se tiene al sujeto obligado Ayuntamiento de Ocotlán, Jalisco, por INCUMPLIDA la resolución dictada por este Órgano Colegiado en el presente recurso de revisión de fecha 25 veinticinco de abril del 2012 dos mil doce.
SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 107 de la Ley de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco, en relación con el artículo 36 Bis del Reglamento para la Tramitación de los Recursos de Revisión, se determinar proponer sanción administrativa, para lo cual se ordena instaurar el procedimiento de sanción administrativa, por conducto de la Secretaria Ejecutiva de este Instituto, a efecto de determinar al servidor público que al interior del sujeto obligado, incumplió con lo previsto por la ley.
TERCERO.- Con fundamento en lo dispuesto por el numeral 108 de la Ley de Transparencia e información Pública de Jalisco, vigente en la época de substanciación del medio de defensa que nos ocupa, se instruye a la Presidencia de este Instituto, para que, por conducto de la Dirección Jurídica proceda a la elaboración de la denuncia penal respectiva y su posterior interposición ante las instancias correspondientes, toda vez que la conducta detallada en el cuerpo de la presente resolución y de los funcionarios públicos que resulten responsables, se traduce en un incumplimiento con la resolución dictada por este Consejo y por tanto, se equipara al delito de ABUSO DE AUTORIDAD, previsto por el artículo 146 del Código Penal del Estado, de aplicación para el caso que nos ocupa conforme lo dispone el artículo Segundo Transitorio de la Ley de Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.